Salvamento de voto al Auto 217 03Referencia: expediente ICC-752Peticionario: Arquimides Reyez GarcíaTal como lo señalé en el salvamento de voto que presenté en el proceso ICC-226, considero que la Corte Constitucional no tiene facultad expresa para pronunciarse sobre los conflictos de competencia que se presenten entre las distintas autoridades judiciales en materia de tutela, por las razones que allí expuse ampliamente, las cuales son igualmente aplicables a este caso y a ellas me remito.Fecha ut supra,JAIME ARAUJO RENTERÍAMagistrado ---pies de página--- En este caso la Corte resolvió remitir el expediente de la acción de tutela al Juzgado 16 Civil del Circuito de Bogotá, para que sin más dilación tramitara y decidiera lo que fuera pertinente.
Salvamento de voto
MagistradoJaime Araujo Rentería
Tema de la sentencia: Conflicto De Competencia.
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Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado